Hace unos meses comentábamos en este blog la repercusión mediática de la visita de la primera dama de los Estados Unidos a Marbella y la publicidad positiva que ello había generado sobre Marbella.
Hoy, por desgracia, hay que hablar del proceso contrario debido al pulso entre los controladores de Aena y el Gobierno de la nación. Esto nos ha vuelto a poner en la primera página de los noticieros de todo el mundo por el caos que han provocado.
Tan solo, esta reflexión para que pensemos que las decenas de millones de euros que se han invertido este año en publicidad y promocion de la "Marca España" ha sido tirada por tierra en 48 horas, sin importarles a unos y a otros el esfuerzo de miles de españoles, de empresas y de organizaciones que han hecho durante 2010.
Si el gobierno hubiera simplemente actuado positivamente desde que en el pasado mes de febrero los controladores dieron su última advertencia, gran parte del caos se podría haber evitado, ya que los mecanismos de resolución del problema estarían en marcha y eso hubiera frenado a los controladores en su actitud negativa, drástica, deshonesta e insolidaria.
2500 persona no pueden poner en "solfa" a una nación con 44 millones de ciudadanos, ni perjudicar directa o indierctamente a 6 millones de pasajeros, ni provocar un coste a la socieda que se aproxima a los 1.000 millones de euros.
Por favor, seamos responsables y solidarios
viernes, 10 de diciembre de 2010
martes, 7 de diciembre de 2010
Calidad Turística. Cumplimiento Legal. Medio Ambiente (1)
No se puede hablar de Calidad Turística, ni en este ni en ningún otro sector, si no se está cumpliendo la legislación en sus dieferentes áreas. Para ayudar a las empresas vamos a empezar una serie de publicaciones en el blog que informará sobre los diferentes requisitos legales que aplican a empresas turísticas.
Igualmente estaremos a disposición de nuestros seguidores para informarles de requisitos legales sobre los que tengan dudas.
En esta primera publicación vamos a empezar con requisitos legales en materia de Medio Ambiente y, más concretamente, en Residuos. El primer punto a destacar es que toda empresa que sea un pequeño generador de residuos peligrosos (RP), es decir prácticamente todas, tienen que darse de alta en su comunidad autónoma como "Pequeño Productor de Residuos Peligrosos" declarando los tipos de residuos peligrosos que generan y sus cantidades.
La legislación básica que aplica, es:
Es muy importante tener en cuenta que entre los requisitos legales de la gestión de RP está el que no se pueden almacenar más de 6 meses y que deben estar adecuadamente identificados y segregados para evitar cualquier tipo de accidente con ellos o por mezcla entre ellos.
Más información sobre la legislación en esta materia pueden solicitarla a info@ammaconsulting.com o en la página web: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/texto_boe_avanzada.php
No lo olvides, el problema ambiental en un problema global con solución local.
En tu mano está hacer los pequeños gestos que pueden contribuir a garantizar la sostenibilidad del planeta
Igualmente estaremos a disposición de nuestros seguidores para informarles de requisitos legales sobre los que tengan dudas.
RESIDUOS: Reduce - Reutiliza - Recicla |
En esta primera publicación vamos a empezar con requisitos legales en materia de Medio Ambiente y, más concretamente, en Residuos. El primer punto a destacar es que toda empresa que sea un pequeño generador de residuos peligrosos (RP), es decir prácticamente todas, tienen que darse de alta en su comunidad autónoma como "Pequeño Productor de Residuos Peligrosos" declarando los tipos de residuos peligrosos que generan y sus cantidades.
La legislación básica que aplica, es:
- Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos.
- Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
- Real Decreto 833/1988 de 20 de julio, que desarrolla la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
- Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, que modifica el RD 833/1988.
Es muy importante tener en cuenta que entre los requisitos legales de la gestión de RP está el que no se pueden almacenar más de 6 meses y que deben estar adecuadamente identificados y segregados para evitar cualquier tipo de accidente con ellos o por mezcla entre ellos.
Más información sobre la legislación en esta materia pueden solicitarla a info@ammaconsulting.com o en la página web: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/texto_boe_avanzada.php
No lo olvides, el problema ambiental en un problema global con solución local.
En tu mano está hacer los pequeños gestos que pueden contribuir a garantizar la sostenibilidad del planeta
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